Prisión para infractor por atentar contra la flora y fauna silvestre dentro de un área protegida

Prisión para infractor por atentar contra la flora y fauna silvestre dentro de un área protegida

Boletín N° 218
10 de junio de 2021

  • Además de los 3 años de prisión se ha impuesto un pago de 1.600 dólares de multa y la reparación de una hectárea del área afectada, fue la sanción que dictaminó el juez para el señor Máximo R. Narváez C. 
  • Las especies forestales que fueron extraídas del ecosistema de bosque seco en la Reserva Ecológica Arenillas fueron: guayacán, seca, pasallo, polo polo, cascol y ébano. 

El Oro. – Durante la audiencia de juzgamiento en los pasados días, el señor Juez de la Unidad Multicompetente Penal del cantón Arenillas, dictó sentencia y declaró a Máximo R. Narváez C. como autor directo del delito contra la flora y fauna silvestre imponiéndole la pena máxima.

A través de los controles que realizó el personal de la Reserva Ecológica Arenillas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, con el apoyo de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y la Naturaleza de la Policía Nacional, procedió a la detención de cuatro ciudadanos al ser hallados talando de manera indiscriminada especies forestales dentro del área protegida. Los infractores fueron puestos a órdenes de las autoridades competentes hasta la audiencia de juzgamiento.

Mishel Ramón Vera, directora Zonal 7 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mencionó que “esta sentencia marca un precedente para todos los que atenten contra la flora y fauna silvestre en las áreas protegidas a nivel nacional, queremos a través de esta acción ratificar el compromiso institucional con la preservación y conservación de los recursos naturales del sur del país”.

Así mismo, conforme el numeral 6 del artículo 70 del Código Orgánico Integral Penal, se condenó al sentenciado al pago de una multa de 4 salarios básicos unificados y la reparación integral de una hectárea en el área protegida afectada. Además, el señor Juez de la causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 140 numeral 7 del mismo código dictó auto de sobreseimiento a favor de los otros tres detenidos, los señores Julio Arias, Juan Ávila y Ángel Vera.

El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, seguirá velando por el patrimonio natural de los ecuatorianos, y hace un llamado a la ciudadanía a ser parte de las acciones de conservación que implementa esta cartera de Estado en todas las Áreas Protegidas.

Dato: El artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que “la persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

Dirección de Comunicación
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica