Orden de prisión preventiva contra sospecho de caza de cóndor en Azuay
Hoy, a petición de la Fiscalía y del Ministerio del Ambiente (MAE), el Juez Segundo de Garantías Penales del Azuay, Simón Valdiviezo, dictó orden de prisión preventiva en contra del sospecho de cazar a un espécimen de cóndor en el Bosque Protector Irquis –Yanuncay, provincia del Azuay. Este hecho está penado por la ley debido a que ese ejemplar pertenecía a una especie protegida por estar Peligro Crítico de Extinción, según el Libro Rojo de las Aves del Ecuador y porque, además, es considerada como Patrimonio Cultural y natural de Sudamérica.
En la audiencia, la Fiscalía presentó elementos de convicción que implican al acusado en el delito. Por esa razón, el proceso pasó de la etapa Indagación Previa a la de Instrucción Fiscal, respetando el debido proceso.
Al momento, el juzgado emitió una boleta de detención en contra del imputado. Es decir, la Policía Nacional tiene orden de acudir hacia el domicilio del sospecho y detenerlo para que comparezca al juicio por delito ambiental. Esta resolución se tomó, también, porque durante las audiencias previas, el ciudadano acusado no se presentó. En caso de que no se pueda detenerlo, la fuerza pública tiene la disposición de aprehenderlo en cualquier lugar del país.
La Ministra del Ambiente, Lorena Tapia, comunicó que la firme voluntad de este Ministerio es hacer respetar los derechos de la naturaleza. “El delito cometido con el cóndor va a ser sancionado hasta las últimas consecuencias. Para esto, hemos iniciado un proceso legal junto con la Fiscalía y la Policía Nacional, con el fin de detener a los causantes de este atentado. Para nosotros es absolutamente inadmisible que hechos como estos se sigan produciendo. No vamos a escatimar esfuerzos y actuaremos conforme lo dicta la normativa ambiental”. Lo hizo en una rueda de prensa realizada el pasado 29 de abril.
Durante la Instrucción Fiscal, que dura 90 días, tiempo en que la Fiscalía debe demostrar los elementos de delito y responsabilidad penal que expuso, esta Cartera de Estado presentará una acusación particular pidiendo la sanción máxima según se estipula en el Art. 437 del Código Penal Ecuatoriano y en el Art. 78 de Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre.
El MAE, como principal rector ambiental del país, permanecerá vigilante de este proceso, con la finalidad que velar por el cumplimiento de las normativas vigentes, garantizando el respeto de la naturaleza y todos los seres vivos como lo establece la Constitución Política del Ecuador.