MAE suspendió temporalmente la Acreditación del Municipio de Guayaquil, como Autoridad Ambiental de Aplicación responsable

A partir de hoy, y por un periodo de 15 días, el Municipio de Guayaquil no podrá realizar actividades como Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr) ante el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). Esta resolución fue tomada por el Ministerio del Ambiente (MAE), luego de una auditoría de gestión realizada al Cabildo durante la cual se encontraron «34 No Conformidades mayores (NC+), cuatro No Conformidades menores (NC-) y seis observaciones en los procesos de regularización ambiental y control, seguimiento y monitoreo que ha realizado este Cabildo entre abril de 2011 y abril de este año». Es decir, el Cabildo varias observaciones en su gestión ambiental.
Entre las principales No Conformidades Mayores: se encuentra la emisión de ordenanzas para las actividades Minería y Estaciones Bases Celulares, que no tienen concordancia con la normativa ambiental nacional. También se evidenció la aprobación de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), sin el previo proceso de Participación Social y no solicitar Certificados de Intersección antes de la aprobación de los términos de referencia, para la elaboración de EsIA.
Además, se han emitido licencias ambientales a proyectos, que no tienen competencias ambientales, especialmente lo relacionando con productos químicos peligrosos. Según la auditoría realizada, el Cabildo no ha concluido procesos de manejo de denuncias por contaminación ambiental, ni ha realizado un efectivo control y seguimiento a los proponentes que obtuvieron permisos ambientales, especialmente, las actividades que descargan desechos líquidos al Estero Salado, entre otras.
Durante el tiempo de suspensión, la Municipalidad Guayaquileña deberá presentar las justificaciones y documentación ampliatoria con los sustentos técnicos de soporte, para el cierre de las No Conformidades Mayores, Menores y Observaciones que no han sido subsanadas mediante el Plan de Acción presentado ante el MAE. Además, no podrá ejercer ninguna de las facultades que le fueron concedidas mediante la Resolución de Acreditación No. 383 del 19 de abril del 2011, por un período de cuatro años, el cual vence el 19 de abril del 2015. En caso de hacerlo, será sancionado por el incumplimiento de ésta disposición.
Los trámites que ingresen los proponentes para la regularización ambiental, deberán ser remitidos a la Dirección Provincial del Ambiente del Guayas, para su revisión y pronunciamiento respectivo.
Auditoría Ambiental
Estas No Conformidades y Observaciones, fueron detectadas tras una Auditoría de Gestión que esta Cartera de Estado, como máxima Autoridad Ambiental del país, realizó entre el 6 y el 10 de mayo de 2013. Todas las instancias registradas como ‘Autoridad Ambiental de Aplicación responsable’ están sujetas a este tipo de auditorías que se realizan de manera periódica para velar por el mejoramiento continuo del Sistema Único de Manejo Ambiental, según lo estipulado en el Acuerdo Ministerial No. 068 del 18 de junio del 2013 y la Resolución de Acreditación No. 383 del 19 de abril del 2011.
Como lo determina la normativa ambiental, el MAE ofició al Municipio de Guayaquil, comunicando el inicio de la auditoría, con 15 días de anticipación, además, se remitió el respectivo informe borrador, para que el Cabildo presente la justificación de las No Conformidades y Observaciones, encontradas. Para ello, el Municipio contó con un período de 15 días, a partir del 6 de julio de este año, pero no lo hizo.
El MAE, remite el Informe Definitivo de Auditoría con oficio No. MAE-SCA-2013-1395 del 02 de julio del 2013; el mismo que fue contestado por el Municipio de Guayaquil, el 02 de agosto de 2013 con oficio No. AG-2013-22892, pero se mantiene las No conformidades Mayores, Menores y Observaciones.
¿Qué es la Acreditación?
La Acreditación es una delegación que otorga la Autoridad Ambiental Nacional, a una Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr), que cuentan con los elementos y cumpla con los requisitos mínimos de un Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales, el cual debe guardar concordancia con las políticas emitidas por la autoridad ambiental nacional, para que puedan emitir permisos ambientales para los proyectos, obras o actividades.
¿Cómo se otorga la acreditación?
Las autoridades ambientales de aplicación determinadas en la Ley, que cuentan con los elementos y cumplan con los requisitos necesarios para acreditar un sub-sistema de manejo ambiental, podrán solicitar a la autoridad ambiental nacional, la acreditación ante el SUMA, siempre que el subsistema propuesto se ajuste a los parámetros previstos en el citado Acuerdo Ministerial No. 068 de 18 de junio de 2013, publicado en el R. O. No. 33 de 31 de julio de 2013, así como con la normativa ambiental aplicable.