Ciudadano fue sentenciado por tenencia ilegal de tortugas charapa en Imbabura

Ciudadano fue sentenciado por tenencia ilegal de tortugas charapa en Imbabura

Boletín Nº 108
20 de abril del 2022

Una multa de cuatro Salarios Básicos Unificados, 40 horas de trabajo comunitario y una pena privativa de libertad de ocho meses fue la sentencia que impuso el Juez de la Unidad Judicial de Garantías Penales de Ibarra por el delito tipificado en el artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal; delitos contra la flora y fauna silvestres, a un ciudadano por tenencia ilegal de siete tortugas charapa pequeñas (Podocnemis unifilis).

El infractor fue detenido el pasado mes de marzo, por miembros de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y Naturaleza de la Policía Nacional, mediante operativo de control en el Parque German Grijalva de la ciudad de Ibarra, en coordinación con el personal técnico de la Dirección Zonal 1 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

Los especímenes retenidos se encuentran bajo custodia de la Fundación Zoológica del Ecuador y el Zoológico de Quito, donde reciben atención médica especializada para su rehabilitación y determinar su reinserción a su hábitat natural en coordinación con la autoridad ambiental nacional.

Por otra parte, esta cartera de Estado, instauró el procedimiento administrativo sancionatorio en contra del ciudadano por la infracción ambiental prevista en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico del Ambiente – COA, sin que esto constituya prejudicialidad al tenor de lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico del Ambiente.

Wilmer Villarreal, director Zonal 1, señaló que “reiteramos nuestro rechazó a todo tipo de afectación a la vida silvestre, por lo que exhortamos a la ciudadanía a denunciar todo ilícito ambiental”.

De acuerdo a la Lista de Especies de la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) y la Lista Roja Ecuador, la categoría de amenaza de las tortugas charapa es vulnerable, además se encuentra en el apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES).

Dirección de Comunicación
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica